El conocimiento de que los pacientes con apnea de sueño no tratados tienen mayor riesgo de accidentes de tráfico ha sido el motivo por el que algunos países de la Unión Europea, entre ellos España, incluyen desde hace años esta enfermedad entre las que deben ser controladas para obtener o prorrogar el permiso de conducción.
Más recientemente, la Directiva 2014/8515 UE de la Comisión Europea sobre el permiso de conducción, que modifica la Directiva 126/2006, ha incluido la apnea de sueño entre los criterios de aptitud psicofísica que se han de valorar en todos los Estados miembros. Para cumplir con esta Directiva Europea, España ha actualizado el Reglamento de Conductores de manera acorde.
Para facilitar la implementación de esta nueva norma en España, un grupo de expertos de diferentes sociedades médicas e instituciones han elaborado la guía Apnea del sueño y conducción de vehículos. Recomendaciones para la interpretación del nuevo Reglamento General de Conductores en España, publicada en Archivos de Bronconeumología, la revista científica de Separ. Este documento contiene cuestionarios de cribado de apnea del sueño, criterios de diagnóstico y tratamiento y modelos estandarizados de informes a completar por los médicos.
Teniendo en cuenta la evidencia científica de la relación existente entre apnea del sueño y los accidentes de tráfico, se recomienda realizar un cribado para detectar la presencia de apnea del sueño en los conductores que no están diagnosticados. Ello obliga a realizar una valoración individualizada del conductor en los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC) y, en consecuencia, hace necesario que sus facultativos conozcan en profundidad la repercusión de la enfermedad en el sujeto antes de emitir el informe de aptitud psicofísica.